Convocatoria consulta y Calendario
CONVOCATORIA DE LA CONSULTA VINCULANTE SOBRE LA FINANCIACIÓN DEL ESPAI BARÇA
FECHA DE LA CONSULTA: | 19 DE DICIEMBRE DE 2021 |
HORARIO: | DE 9 A 21 HORAS |
MODALIDAD: | TELEMÁTICA |
INICIO DE LA CAMPAÑA INFORMATIVA: | 27 DE NOVIEMBRE DE 2021 |
CONSULTA DEL CENSO: | DEL 3 AL 7 DE DICIEMBRE |
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 de los Estatutos del Club, la Junta Directiva, en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2021, y en virtud de la iniciativa y autorización aprobada por la Asamblea de Socios y Socias Compromisarios del pasado 23 de octubre, ha acordado convocar a los socios y socias para la celebración de la consulta vinculante sobre la financiación del Espai Barça, que se celebrará el día 19 de diciembre de 2021.
Esta consulta se ajustará a las normas siguientes:
1ª.- Son condiciones para ejercer el derecho a voto:
a) Ser mayor de edad y no estar legalmente incapacitado.
b) Tener una antigüedad mínima de socio o socia, de un año.
c) No tener suspendida la condición de socio.
d) Estar incluido en el censo electoral vigente de acuerdo con el artículo 47º de los Estatutos.
Estos requisitos deben cumplirse el día de la votación.
2ª.- Para garantizar la transparencia del proceso se constituirá una Junta de la Consulta que estará integrada por cinco socios que figuren en el censo y que serán designados por sorteo, que se celebrará en el domicilio del Club el lunes 29 de noviembre a las 10 horas. El sorteo se realizará por el procedimiento informático regulado en el artículo 26.5 de los Estatutos, debiendo escogerse cinco titulares y otros veinticinco suplentes. El cargo de miembro de la Junta de la Consulta es obligatorio, honorífico y gratuito.
3ª.- El día 1 de diciembre a las 19 horas se constituirá la Junta de la Consulta.
4ª.- La Junta de la Consulta debe reunirse cuantas veces sea necesario para llevar a cabo sus funciones. El presidente de la Junta de la Consulta será el socio con más antigüedad y actuará como secretario, con voz pero sin voto, el secretario de la Junta Directiva del Club, que levantará acta de todas las reuniones y reflejará en esta los acuerdos alcanzados.
Las actas serán firmadas por el secretario, con el visto bueno del presidente. Las convocatorias de la Junta de la Consulta serán realizadas por el secretario.
Las reuniones de la Junta de la Consulta se entienden válidamente constituidas si asisten al menos tres de los cinco miembros. Los acuerdos deben adoptarse por la mayoría de los asistentes y, en caso de empate, el voto del presidente es decisorio. El síndico de los socios podrá auxiliar a la Junta de la Consulta en el ejercicio de sus funciones y tiene el derecho de asistir a sus reuniones, con voz, pero sin voto.
5ª.- Funciones de la Junta de la Consulta
a) Conocer y resolver las reclamaciones que presenten los socios respecto al censo.
b) Interpretar el presente reglamento y las normas de aplicación.
c) Conocer y resolver las incidencias y reclamaciones que presenten los socios y socias.
d) Designar a los interventores del día de la votación.
e) Presidir y controlar el acto de las votaciones con el objetivo de facilitar el ejercicio del derecho a voto y velar por la máxima transparencia del proceso.
f) Designar a los empleados del Club y terceras personas que atiendan el proceso de votación durante toda la jornada de la consulta y el posterior escrutinio.
g) Disponer el inicio del escrutinio y el recuento de los votos en cada urna, y realizar el escrutinio y el recuento global de todas las urnas.
h) Resolver con prontitud todos los incidentes, consultas o reclamaciones que surjan el día de las votaciones.
i) Extender el acta de las votaciones y publicar el resultado de la votación.
6ª.- Desde el día 3 hasta el 7 de diciembre, ambos inclusive, los socios podrán consultar el censo electoral a través del sitio web www.fcbarcelona.cat. Adicionalmente, también se podrá realizar la consulta de forma presencial en la Oficina de Atención al Barcelonista en días laborables y en horario de lunes a viernes de 10 a 19:00 horas. Las reclamaciones por omisiones o inclusiones indebidas o rectificación de errores se tendrán que pedir por medio de un escrito, el cual deberá presentarse a través del formulario web habilitado a tal efecto, y deberá dirigirse a la Junta de la Consulta antes de las 21:00 horas del día 7 de diciembre. La Junta de la Consulta resolverá las reclamaciones que se presenten y el 10 de diciembre se aprobará el censo electoral definitivo.
7ª.- Desde el día 27 de noviembre hasta el día de la consulta se llevará a cabo la campaña informativa a la que hace referencia el artículo 13º b) punto primero de los Estatutos y se harán los actos de información, promoción o comunicación adecuados para dar a conocer la propuesta sometida a la consulta a los socios y socias.
8ª.- El domingo día 19 de diciembre se celebrará el acto de la votación, de forma telemática, desde las 9:00 horas hasta las 21:00 horas. La votación deberá ser en sentido afirmativo, negativo o en blanco a la pregunta:
"¿RATIFICA LA DECISIÓN DE LA ASAMBLEA DE COMPROMISARIOS DE AUTORIZAR A LA JUNTA DIRECTIVA PARA QUE REALICE LAS ACTUACIONES NECESARIAS PARA CONSEGUIR FINANCIACIÓN PARA EL PROYECTO ESPAI BARÇA POR UN IMPORTE QUE NO SUPERE LOS 1.500 MILLONES DE EUROS?”
9ª.- La votación será telemática y se podrá llevar a cabo desde la web www.fcbarcelona.cat. El FC Barcelona habilitará, para aquellos socios y socias que tengan dificultades para votar de forma telemática, o bien no dispongan de un dispositivo adecuado para ello, un espacio en las instalaciones del Club, concretamente en el Auditori 1899 (y/u otros adicionales), donde se instalarán dispositivos para que los socios puedan ejercer su derecho a voto, de forma telemática, en las instalaciones del Club. Adicionalmente, se instalarán Puntos de Información para resolver incidencias o aclarar dudas.
10ª.- La votación telemática se llevará a cabo de la siguiente forma:
Para ejercer el derecho a voto, los socios y socias tendrán que figurar inscritos en el censo electoral.
Los socios y socias deberán entrar en la web del Club www.fcbarcelona.cat (o en sus versiones en catalán e inglés) y deberán identificarse con su clave de socio o socia, su código personal (pin) y su fecha de nacimiento. Una vez identificado, el socio o socia recibirá un SMS con un código único en su teléfono móvil, que dará acceso a ejercer su derecho a voto.
El Club remitirá a los socios con suficiente antelación la información necesaria y adecuada para completar satisfactoriamente el proceso de voto telemático. Para resolver cualquier duda o aclaración respecto al procedimiento de voto telemático podrán dirigirse a la Oficina de Atención al Barcelonista, en días laborables, de lunes a viernes de 10 horas a 19 horas.
En caso de que los socios se desplacen hasta las instalaciones del Club para ejercer su derecho a voto, será necesario que acrediten su personalidad con la exhibición del documento de identidad o equivalente en el supuesto de personas extranjeras, pasaporte o bien permiso de conducir vigentes. Una vez identificados, el procedimiento de votación será telemático en las mismas condiciones de seguridad que si la votación se llevara a cabo desde cualquier otro dispositivo privado fuera de las instalaciones del Club.
La Junta de la Consulta presidirá y controlará el acto de las votaciones, asistida por el síndico de los socios. Para presentar reclamaciones ante la Junta de la Consulta el día de las votaciones, los socios y socias deberán dirigir un escrito a la misma, mediante el correo electrónico juntadelaconsulta@fcbarcelona.cat
11ª.- Una vez finalizado el horario de las votaciones, la Junta de la Consulta dispondrá el inicio del escrutinio del voto telemático.
12ª.- Se considerará aprobada la propuesta si el número de votos afirmativos es superior al de votos negativos, cualquiera que sea el número total de votos emitidos. La Junta de la Consulta informará del resultado del escrutinio y emitirá un acta en la que se recogerá el número de votos a favor, en contra y en blanco.
Durante toda la jornada estará presente un notario para dar fe de la corrección del procedimiento y levantar acta del resultado.
13ª.- Se aplicarán supletoriamente a este reglamento los artículos de la Sección 4ª del Capítulo 4º de los Estatutos.
14ª.- La campaña de información que se llevará a cabo en los días anteriores a la votación tendrá contenido adecuado y necesario para tomar la decisión sobre cuya financiación se pretende obtener la ratificación de la autorización, que fue aprobada por la Asamblea de Compromisarios en función de la documentación e información facilitada a los socios y socias en esa fecha. Asimismo, se añadirá cualquier otra información o documentación que el Club vaya confirmando durante este período.
A efectos de esta ratificación:
• Se entenderá por financiación cualquier operación que (i) permita la obtención de financiación para llevar a cabo el Proyecto Espai Barça; y (ii) pueda garantizarsecon los ingresos relativos a la explotación del Camp Nou, el Palau y el Campus Espai Barça, o pagarse con la cesión de estos ingresos en la cuantía necesaria para devolver la financiación y sus costes.
• El Proyecto Espai Barça significará todos o cualquier proyecto de remodelación del Camp Nou, la construcción de un nuevo Palau polivalente (el Palau) y la construcción del Campus Espai Barça (áreas en torno a los nuevos espacios).
Esta financiación NO debe suponer:
- Ningún gasto obligatorio para los socios y socias.
- Poner en riesgo la gestión deportiva del Club
- Hipotecar el patrimonio del Club.
Lo que se comunica para conocimiento de todos los socios y socias del Fútbol Club Barcelona.
Barcelona, a 27 de noviembre de 2021
Josep Cubells i Ribé
Secretario de la Junta Directiva